DEUDA DEL AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR (o el déficit de la transparencia en las cuentas públicas)
El pasado mes de julio de 2009, el Ayuntamiento de Galapagar aprobó un Plan de Saneamiento que tenía entre otros objetivos “financiar la actual deuda de gasto corriente y disminuir el endeudamiento con los proveedores del Ayuntamiento para situar el periodo medio de pago en cien días, con el consiguiente ahorro monetario en intereses y pleitos”.
Se manifestaba, igualmente, que se había previsto “la financiación de la deuda de gasto corriente, cifrada en unos 11 millones de euros, para poder pagar a los proveedores”.
A dichos fines, y como último de los pasos establecidos en dicho Plan, el Alcalde de Galapagar, Daniel Pérez firmó operaciones de crédito por valor de 11 millones de euros con tres entidades financieras: “Banco de Crédito Local, perteneciente al grupo BBVA, la Caixa y Caja Madrid y que financiarán 6, 3 y 2 millones de euros, respectivamente.”
Hace pocos días hemos podido conocer, a través del Ministerio de Economía y Hacienda, el informe de la deuda viva de las entidades locales a 31/12/2009.
La "nota metodológica" del informe de endeudamiento de las entidades locales, emitido por el Mº de Economía y Hacienda, dice textualmente:
".../... la asignación de deuda para los Ayuntamientos, Diputaciones provinciales, Cabildos y Consejos insulares se ha efectuado mediante el cruce de la base de datos CIRBE con el Inventario del Sector público local, quedando sin asignar aquellos entes que no dispongan de CIF en esta base de datos.../..."
Es decir, la información publicada por el MEH hace referencia al endeudamiento bancario de las entidades locales.
Ante la falta de transparencia de los Ayuntamientos en la publicidad de su situación financiera, a un humilde ciudadano le cabe únicamente hacer conjeturas.
Veamos:
Si el endeudamiento bancario del Ayuntamiento de Galapagar ascendía a 31/12/2008 a 21.473 miles de euros y se ha formalizado una operación de crédito de 11 Millones de euros, ¿cómo es posible que el endeudamiento a 31/12/2009 ascienda únicamente a 26.277 miles de euros?
Bueno, es posible que se hayan amortizado préstamos bancarios por importe de 6.196 miles de euros (21.473.000 + 11.000.000 – 26.277.000 = 6.196.000).
Pero si ello es así, ¿porqué en los presupuestos aprobados para el ejercicio 2009 aparece una previsión de amortizaciones de préstamos (pasivos financieros) de únicamente de 1.956.720,23 euros? Dicho de otra forma ¿Qué destino han tenido los 4.239 miles de euros restantes hasta los 6.196 miles de euros?
Entre las distintas alternativas, pudiera deducir que:
a) Se ha amortizado capital vencido de periodos anteriores como condición para la formalización del nuevo crédito. Pero, si fuese así, ¿no se encontraba el importe de los mismos incluido en las cifras facilitadas por el CIRBE?
b) Se ha amortizado capital con vencimiento posterior al 31/12/2009. Pero si fuese así ¿qué objeto tendría formalizar un préstamo por importe superior a las necesidades de financiación bancaria? ¿suavizar el calendario de obligaciones financieras durante el periodo de carencia, hasta dos meses después de la fecha establecida para las elecciones municipales?
En cualquier caso, si más de la mitad del importe obtenido del sistema financiero ha revertido en el propio sistema financiero, ¿a cuento de qué se ha vendido la idea de que se pretendía financiar con el crédito de 11 Millones de euros la deuda acumulada por gasto corriente?
Por último, si únicamente se ha destinado a su reducción un importe de 4.804 miles de euros, ¿cuál es el importe de la deuda no financiera que acumula nuestro Ayuntamiento?
Bueno, quizás sea conveniente esperar a la divulgación del cumplimiento presupuestario del ejercicio 2009 y dejar de hacer conjeturas (por cierto, las sociedades mercantiles que cierran su ejercicio el día 31 de diciembre han debido formular sus cuentas antes del 31 de marzo del año siguiente, ¿será igual para los entes locales?)
José Luis Zamarriego Guñalóns
Responsable de Política Local de UPyD-Galapagar y miembro del Consejo Político de UPyD -Madrid
Galapagar, 13 de mayo de 2010
NOTA DEL AUTOR
Proyecto de Ley de Economía Sostenible
Artículo 34. Incumplimiento por las Entidades locales de la obligación de remitir la información relativa a la liquidación de sus presupuestos a la Administración General del Estado.